jueves, 10 de septiembre de 2009

Noticia: Diputados de Querétaro consideran ilegal práctica del aborto

La reforma establece la salvedad de no perseguir a la mujer que interrumpa voluntariamente el embarazo en caso de haber sido violada o por condiciones terapéuticas que pongan en riesgo la vida de la madre.
Por unanimidad de los siete diputados integrantes de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de la Familia, fue aprobada la reforma al artículo 2 constitucional, que garantiza la protección del ciudadano desde la fecundación y, en consecuencia, vuelve ilegal la práctica del aborto.
Sin embargo, establece la salvedad de no perseguir a la mujer que interrumpa voluntariamente el embarazo en caso de haber sido violada o por condiciones terapéuticas que pongan en riesgo la vida de la mamá.
No obstante esta especificación, varios integrantes de organizaciones sociales que se manifestaron en contra de la reforma al artículo 2 de la constitución queretana protestaron por la decisión y acusaron a los diputados de la 55 Legislatura de haber montado una farsa, al convocar a una comparecencia pública.
Durante tres semanas, cerca de 200 personas - a nombre de diversidad de organizaciones- concurrieron a exponer su punto de vista en torno a la reforma constitucional, ante los diputados integrantes de ambas comisiones.
Las posiciones se polarizaron pues una parte de los participantes se inclinó a favor de modificar la constitución de tal suerte que la consecuencia fuera prohibir el aborto por cualquier razón.
La otra postura se inclinó por no modificar la ley y permitir que fuera la mujer la que decida si interrumpe o no su embarazo.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el diputado del Partido Convergencia, Marco Antonio León Hernández explicó que se aprobó la enmienda con modificaciones sustanciales a la propuesta originalmente presentada.
"Modificamos el espíritu de la iniciativa, en el sentido de que era de manera tajante prohibir cualquier tipo de aborto; hoy garantizamos de manera abierta y total lo que establece el Código Penal, que es fundamentalmente lo que tiene que ver con el aborto terapéutico y el aborto en el caso de violación".
Al tratarse de una reforma constitucional, es necesario que la mayoría de los gobiernos municipales la aprueben para, entonces, ser presentada al pleno de la legislatura y decidir si se implementa o no la modificación.
Para concretarse este procedimiento es necesario de cinco a diez días hábiles.

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